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Bando Limpieza Solares 2026

D. PEDRO JAVIER TENDERO MARTÍNEZ, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Motilla del Palancar (Cuenca),

HACE SABER:

De conformidad con la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se habilita a los municipios a ejercer las competencias en materia de salubridad pública y prevención de incendios.

De acuerdo con la legislación mencionada, el Ayuntamiento acordó la aprobación de la Ordenanza Reguladora de vallado, limpieza solares y ornato de construcciones, y se publicó en el BOP nº 136 de 23 de noviembre de 2012, estableciendo que “los solares y parcelas deberán estar permanentemente limpios, desprovistos de cualquier tipo de residuos o vegetación espontánea, sin ningún resto orgánico o mineral que pueda albergar animales o plantas portadoras o transmisoras de enfermedades, o producir malos olores. Queda prohibido como método de limpieza la quema de residuos y labrar las parcelas urbanas o solares. La limpieza de solares se realizará de manera mecánica o manual y en caso de utilizar productos químicos deberá disponerse del carné de manipulador de productos fitosanitarios. El Ayuntamiento ostentará el control e inspección del estado de los solares y podrá obligar a su cumplimiento a las personas responsables.”

Atendiendo a la normativa expresada, los propietarios de parcelas y solares deberán realizar su limpieza hasta el día 31 de mayo de 2026, transcurrido el cual el Ayuntamiento iniciará de oficio las actuaciones necesarias para hacer cumplir dicha obligación.

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